El tipo de análisis y los parámetros determinados en ellos se establecen según lo regulado en el Real decreto 140/2003 del 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de calidad del agua para consumo humano.

En el servicio se realizan los análisis organolépticas y la determinación diaria de cloro. Los análisis de control y completos se realizan en laboratorios externos.

El agua de la red de distribución se analiza en los puntos habilitados para esto, sin necesidad de acceder al interior de las viviendas.

COSMA está comprometida con la mejora continua de la calidad del agua servida y para esto se impuso una frecuencia de controles superior a la determinada por el Real decreto, garantizando de esta manera la calidad del agua entregada a los consumidores.

La Consejería de Sanidad a través del “Programa Gallego de Vigilancia Sanitaria de abastecimientos de agua de consumo humano” controla la calidad del agua de abastecimiento independientemente del autocontrol del servicio; esto garantiza un doble control de los parámetros del agua servida por la red municipal garantizando en todo momento que se cumplen los criterios sanitarios de calidad del agua para el consumo humano determinados por el Real decreto 140/2003.

RD 140-2003 Criterios Sanitarios Calidad Aguas Consumo Humano